Frecuentes
prácticas
abusivas que
deben
ser
denunciadas e impedidas
LOS
DERECHOS DE LOS NIÑOS
Fernando
Britos V.
La
aplicación de tests psicológicos a escolares sin recabar
previamente el consentimiento informado de los padres es una grave
violación de los derechos de los niños porque los hallazgos que
presuntamente se hacen en esas condiciones adolecen de fallas éticas
y técnicas descalificantes y pueden acarrear secuelas dañinas.
La
falla ética
Desde
el colegio citan a la madre para concurrir a una reunión con la
maestra de su hijo de seis años que cursa primer año de primaria en
la institución. Después de algunas postergaciones debidas a
problemas de agenda de las docentes, la reunión se lleva a cabo el
primer lunes después de las vacaciones de primavera. Entonces la
madre es recibida en un despacho por la maestra de su hijo y la
psicóloga del colegio.
La
reunión no fue promovida por mi, aclara de entrada la docente, sino
por la psicóloga. De inmediato esta aborda el motivo de la
convocatoria: a su niño se le ha aplicado el test de Bender y han
salido a luz “problemas emocionales” por lo que desean saber si
los padres los han notado o si en la vida familiar se han producido
hechos que pudieran causarlos.
Según
se desprende de esta declaración primaria (que dicho sea de paso
está grabada) el test psicológico, que Lauretta Bender pergeñó
hace ochenta años, podría haber sido aplicado, colectivamente, a
todos los niños de primer año. Aunque los criterios empleados para
utilizar una u otra técnica psicológicas y para determinar a que
niños se aplican nunca fueron explicitados.
La
madre del niño en cuestión, que es una profesional universaitaria
bien informada (aunque no sea psicóloga) preguntó enseguida con que
autorización se había aplicado un test psicológico a su hijo. Sin
lugar a dudas resultó una pregunta inesperada para la psicóloga y
después de un silencio prolongado vino la respuesta: se trataba de
“un procedimiento rutinario para ayudar a los niños”, “el
colegio lo autorizaba y de todas maneras la situación no era para
preocuparse porque la psicomotricidad del niño era muy buena” y se
intentaba “determinar los problemas emocionales que según el test
lo estaban afectando”.
¿Qué
respuesta esperaba la psicóloga del colegio?_ Una de dos o la madre
debía haberse manifestado preocupada preguntando que recomendaba la
profesional para superar los “problemas del niño” o una
respuesta evasiva, en el sentido de negar que hubiera “problemas”
y alguna manifestación para relativizar “los resultados del test”.
Seguramente
no habían previsto un cuestionamiento ético (y también técnico
como lo veremos enseguida) acerca de la violación de los derechos
infantiles que se produce cuando se efectúa una intervención sobre
la psiquis o el cuerpo de un niño pequeño sin el imprescindible y
previo consentimiento informado que, en este caso, debe ser el de los
padres, tutores o adultos que se encuentren a cargo del menor.
Ningún
colegio y si vamos al caso ningún director, docente o responsable de
una institución puede autorizar genéricamente la realización de
intervenciones psicofísicas sobre los niños que no tienen nada que
ver con la tarea pedagógica. Está claro que aplicar tests
psicológicos sin autorización paterna, como lo sería también y
por ejemplo extraer sangre para pruebas de glicemia, aplicar vacunas,
obtener muestras de orina o efectuar interrogatorios o encuestas para
obtener de los menores cualquier tipo de información sin relación
directa con finalidades pedagógicas o requisitos curriculares, es
una violación ética totalmente injustificable e implica menoscabo a
los derechos de los niños en tanto personas que deben ser
protegidas, amparadas, representadas y tuteladas por sus padres o
personas debidamente encargadas por la justicia de familia en defecto
de los primeros.
Dicho
en otras palabras, las instituciones educativas a las que son
confiados niños, adolescentes y en todo caso menores de edad, no son
omnipotentes en su esfera de acción y, por el contrario, deben ser
extraordinariamente cuidadosos para no incurrir inadvertidamente en
abusos y violación de derechos. En el caso de ser deliberados,
dichas conductas soberbias son dolosas, independientemente de los
fines o propósitos que se aduzcan para ponerlas en práctica. Por
ejemplo, que “las intervenciones se autorizan para propender al
bienestar o la salud de los pequeños”, “para llevar a cabo
investigaciones científicas con el objeto de mejorar las condiciones
de enseñanza aprendizaje”, etc. son pretextos inadmisibles e
incapaces de encubrir la omisión fundamental: no se ha solicitado y
obtenido previamente el consentimiento informado de los padres o
tutores.
El
consentimiento informado es uno de los principios básicos de la
bioética. Nunca puede ser soslayado como tampoco se puede dar por
cumplido cuando no ha sido otorgado expresamente por quienes tienen
la obligación de hacerlo en razón de los deberes de la patria
potestad, o si se lo ha “obtenido” bajo la modalidad de engaño
que es la de suponer consentimientos basados en la ignorancia y no en
la información debida. Esta información, que es la condición
esencial para la validez del consentimiento, debe ser previa, amplia,
suficiente y brindada en lenguaje sencillo, explicando no solamente
las virtudes o beneficios que se atribuyen a la intervención (en
este caso sobre la psiquis de los niños) sino en relación con su
inocuidad, sus limitaciones y eventuales efectos adversos o
desconocidos para los profesionales.
Aunque
se cumplan todas estas condiciones, las escuelas, colegios o
cualquier tipo de institución de enseñanza no son entidades
asistenciales y aun si cuenten con “gabinetes psicológicos” o
psicólogos de planta, no pueden administrar tests psicológicos al
barrer, dando por supuesta una autorización que nunca obtuvieron.
Tampoco pueden desconocer o ignorar las consecuencias potencialmente
dañinas de esas intervenciones, tanto sobre los niños como sobre
sus familias.
Más
delicado es el caso de los psicólogos que trabajan en colegios y
que, legalmente, son los únicos profesionales habilitados para
administrar tests psicológicos y otras herramientas de la profesión.
Estos profesionales no pueden ignorar que el consentimiento informado
y la devolución oportuna y adecuada son condiciones esenciales para
una práctica ética y eficaz. La aplicación indebida de tests
psicológicos y otras intervenciones similares sobre los escolares no
es un problema de intenciones, buenas o malas, sino una omisión
grave en materia de responsabilidad profesional.
Se
puede considerar que los psicólogos que aplican tests psicológicos
en los colegios - sin recabar el consentimiento informado de los
padres y sin respetar otros requisitos de la bioética que no
desarrollaremos ahora – están animados del mejor espíritu de
hacer el bien a los pequeños y de contribuir al esfuerzo pedagógico.
Sin embargo, la grave omisión señalada echa por tierra las buenas
intenciones y causa perjuicios concretos (es decir no genéricos o
abstractos) a los niños, a sus padres, a los docentes y por fin a la
institución para la que trabajan.
La falla técnica
Ahora
bien, supongamos que el colegio dirige una comunicación a los padres
anunciando que se va a aplicar determinado test psicológico a sus
hijos, señalando cuál es la técnica empleada, cuáles son sus
objetivos, cuáles sus virtudes y cuáles sus limitacionesy cómo se
hará la devolución de resultados, y solicitando en respuesta una
autorización por escrito (como lo hacen habitualmente para salvar
responsabilidades en ocasión de paseos o salidas del colegio).
Aunque
se dieran esas condiciones subsistiría un problema que actualmente
es prácticamente insalvable: cualquier técnica que se emplee debe
estar respaldada por investigaciones científicas que demuestren que
se trata de procedimientos válidos y confiables. La validez quiere
decir, en términos generales, que la técnica, un test o una batería
de tests psicológicos, realmente evalúa lo que dice evaluar con un
grado de certeza ampliamente superior al que se podría obtener al
azar. La confiabilidad quiere decir que la técnica es consistente
porque sus resultados son razonablemente equiparables en aplicaciones
sucesivas.
Aquí
aparece un cuestionamiento mayor. A los efectos de nuestro análisis
podemos dividir a los tests psicológicos en dos grandes tipos: los
que evalúan destrezas o aptitudes (por ejemplo, habilidades de
lecto-escritura, psicomotricidad, acuidad visual y perceptiva y los
llamados tests de inteligencia) y los que pretenden diagnosticar la
personalidad de las personas y eventualmente pronosticar su conducta
futura. Dentro de estos últimos se encuentran tests o pruebas
llamadas proyectivas porque parten de la muy discutible afirmación
de que en respuesta a estímulos abstractos (figuras geométricas
como en el Bender, manchas de tinta como en el Rorschach, dibujos
difusos como en el TAT, el CAT o el TRO o Test de Phillipson, colores
como en el test de Lüscher, etc., etc.) los sujetos “proyectarán”
en forma inadvertida aspectos de su psicología profunda (sus
ansiedades, temores, fantasías, impulsos, etc.).
Lo
que sucede es que tratándose de algo tan complejo como la
personalidad humana, sobre la que no existe una definición unívoca
y consensuada, la estandarización de los resultados de estos tests
es virtualmente imposible. En otras palabras, la interpretación de
los resultados es subjetiva y a pesar de los enormes esfuerzos que se
han realizado no hay tests proyectivos cuya validez haya sido
científicamente respaldada. En el mejor de los casos, en manos de un
psicólogo con mucha experiencia clínica y psicométrica, un test
proyectivo, formando parte de una batería de tests y otras técnicas
(por ejemplo, entrevistas y dibujo libre, etc.) puede dar indicios o
tendencias que nunca son suficientes por si solos para dar cuenta de
la problemática estudiada.
El
test de Bender, que su autora denominó “test guestáltico
visomotor” se basó en las investigaciones sobre percepción que el
psicólogo Max Wertheimer desarrolló en la década de 1930. Consiste
en un conjunto de nueve tarjetas con dibujos geométricos de linea,
en blanco y negro, representando figuras, lineas sinusoidales,
conjuntos de círculos, etc. Las tarjetas son presentadas de a una al
sujeto dado que la administración prevista es individual y el
técnico solicita que sean copiadas con lápiz, tan precisamente como
sea posible (se puede usar goma de borrar) en una hoja de papel
tamaño carta o A4. La idea de la psiquiatra Lauretta Bender era que
la calidad de la reproducción daría cuenta de la percepción y la
psicomotricidad y accesoriamente de algunos retardos y desórdenes
importantes. Fue una prueba desarrollada en un contexto de clínica
psiquiátrica con pacientes adultos y niños de la Dra. Bender.
El
objetivo de este test no verbal era examinar la función guestáltica
visomotora, su desarrollo y sus regresiones. Bender llevó a cabo sus
investigaciones en el Hospital Bellevue de Nueva York para determinar
el retardo mental, la pérdida de funciones y los defectos cerebrales
orgánicos en sus pacientes adultos y niños desde los cuatro años
en adelante. El test pretendía explorar la maduración en niños y
adultos deficientes y especialmente la patología mental infantil,
como por ejemplo las demencias, oligofrenias y neurosis, las afasias
y demencias paralíticas, el alcoholismo, las psicosis y la
esquizofrenia.
En
las últimas décadas el Bender pasó a ocupar un lugar muy
secundario en la determinación de lesiones cerebrales o defectos
orgánicos de la psiquis pues de estos fenómenos pueden dar cuenta
más precisa técnicas como la electroencefalografía o la resonancia
magnética. Al mismo tiempo se agudizó la tendencia a utilizar este
test de orígenes clínico-patológicos como una instrumento para
explorar la personalidad en estados no patológicos.
Actualmente
los técnicos no pueden ignorar que el uso extensivo de estas
herramientas originadas en la clínica tiende a “psiquiatrizar”
los resultados y a la proliferación de diagnósticos que mucho
después se catalogan como “falsos positivos” de desórdenes
severos como el autismo, la esquizofrenia y cuadros psicóticos en
sujetos que no padecen otra cosa que estados comunes y
circunstanciales. Dichos estados, bajo la óptica psicopatológica de
ciertos tests, derivan en diagnósticos y decisiones de tratamiento
impertinentes e incluso peligrosas.
El
rigor de Bender en cuanto al procedimiento podía no estar
justificado como no lo estaban muchas de sus polémicas prácticas
terapéuticas por las que fue conocida como “la reina del
electroshock”. Durante décadas esta psiquiatra infantil aplicó
empecinadamente terapias electroconvulsivas a niños pequeños, sin
obtener resultados positivos pero con secuelas devastadoras para las
víctimas. Extender livianamente la aplicación de su test
al conjunto de la población
carece de respaldo serio y de
investigaciones que avalen su validez.
En otras palabras, el uso del test de Bender como prueba proyectiva
extra clínica, capaz de arrojar resultados que sustenten
interpretaciones sobre la personalidad de los niños, es subjetivo e
irresponsable aunque se hayan respetado las condiciones de aplicación
previstas por la autora. Esta
es una falencia técnica imperdonable.
Regularmente cuando se aplican este tipo de examenes o algunas pruebas como esta testyexamenespsicometricos.com/pruebas-psicometricas-para-ninos. Es necesario comentarle a los padres, nunca sabes quien deseara que no se la hagas a su hijo.
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